Las retenciones de IRPF en los autónomos

Las retenciones de IRPF en los autónomos

Uno de los impuestos con los que tienen que lidiar todo tipo de trabajadores autónomos es el IRPF. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas deben declararlo los autónomos de forma anual en la declaración de la renta. Cualquiera de los abogados en Santanyí puede asesorar al trabajador en materia laboral en este aspecto.

¿Qué tipo de retención se debe aplicar?


El IRPF es un impuesto progresivo, por lo que cuanto más se gana más se paga. En este año 2020, el porcentaje de IRPF de contribución para un autónomo es del 15%, pero siempre y cuando tenga una renta superior a 15.000 euros anuales. Esto quiere decir que se deberá pagar a la Agencia Tributaria la cantidad proporcional al 15% de todo lo que se haya facturado en un trimestre.

Las retenciones de IRPF de los autónomos son, dentro de lo que cabe, más sencillas que las de los trabajadores por cuenta ajena. No en vano, los autónomos aplican una retención fija en las facturas que envían a sus clientes. El tipo de retención dependerá de la actividad profesional y del tiempo que lleven trabajando por cuenta propia.

Por ejemplo, los nuevos autónomos, durante el primer y segundo año de su actividad, podrán aplicar en sus facturas una retención del 7%. Pero, a su vez, hay determinadas actividades profesionales (recaudadores municipales o mediadores de seguros) que también deben aplicar en sus facturas una retención del 7%.

Contar con los servicios de abogados en Santanyí puede ser una magnífica solución para que nos asesoren en materia laboral a la hora de iniciar un negocio como autónomos.