Novedades fiscales en cuanto a materia de IRPF

Novedades fiscales en cuanto a materia de IRPF

Contar con los servicios de abogados en Felanitx, ayudará a cualquier empresario a conocer todos los cambios que se producen en cuanto a legalidad, normativa, etc. Recientemente, el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 27/2018 con diferentes medidas que afectan al IRPF entre otros y de eso es de lo que vamos a hablar en este artículo.

¿Qué novedades fiscales hay en lo referente al IRPF para este año?

Para este ejercicio de 2019, se prorrogan los límites excluyentes para la aplicación del método de estimación objetiva para las actividades económicas que se incluyen en el ámbito de aplicación de este método.

Las prestaciones públicas por maternidad o paternidad que se perciben por parte de la Seguridad Social no tendrán que tributar en IRPF. Por otro lado, hay nuevos límites excluyentes de la obligación de declarar para los perceptores de rendimientos del trabajo de hasta 14.000 euros.

Se ha fijado un nuevo plazo para la presentación de revocaciones o renuncias en los regímenes de estimación objetiva del IRPF y en los regímenes simplificados y de agricultura, ganadería y pesca. El plazo queda establecido en un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el BOE de este Real Decreto Ley.

Se aumenta la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, ascendiendo a un 60%. Además se suprime la obligación de llevar libros registros a los contribuyentes que lleven la contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio.

Para finalizar, se incrementa la deducción por maternidad cuando el contribuyente hubiera satisfecho los gastos por la custodia de un hijo menor de tres años en guarderías o centros autorizados de educación infantil.