Las obligaciones de una sociedad unipersonal

Las obligaciones de una sociedad unipersonal

En el momento en que aparezca una situación de unipersonalidad en una sociedad, esta tiene que hacer constar expresamente esta condición en toda la documentación que posea, así como en su correspondencia, en sus notas de pedido, en sus facturas y en los anuncios que tenga que publicar por disposición estatutaria como legal. Esta es una de las obligaciones de una sociedad unipersonal. Pero si necesitas saber más sobre este tema, lo mejor es que contactes con nuestros abogados en Santanyí.

¿Qué es una sociedad unipersonal?

Es la que consta de un socio único, bien sea porque en su momento se constituyó así o porque con el paso del tiempo el número de los socios ha quedado reducido a uno. En cualquiera de los casos, puede ser una persona jurídica o una física. De esta manera, puede ocurrir que una sociedad se encuentre constituida por varios socios y que después de un determinado tiempo pase a ser unipersonal, es decir, que un único socio se convierta en el titular de las participaciones. En este caso, se debe declarar la unipersonalidad sobrevenida y proceder a su inscripción en el Registro Mercantil.

Es más, si no se inscribe en este registro en el plazo de seis meses desde que se produjo la unipersonalidad, el socio único tendrá que responder de todas las deudas que tenga contraídas la sociedad durante el período de unipersonalidad. Una vez se haya inscrito, aunque haya sido más tarde, no tendrá que responder a las deudas posteriores, pero sí que lo seguirá haciendo sobre las generadas hasta ese instante.